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miércoles, 8 de julio de 2026

¿Sabías que...? en la década de los 40, La higiene y el decoro personal eran obligatorios para acceder a los lugares públicos de La Línea durante la posguerra

 










Normas de higiene y decoro en los lugares públicos de La Línea de la Concepción durante la posguerra

El documento reproducido corresponde a un aviso oficial difundido por la Jefatura Municipal de Sanidad de La Línea de la Concepción durante la década de 1940, en los años de la inmediata posguerra española. Impreso por la conocida Imprenta Vallejo, de La Línea, el cartel constituye un interesante testimonio de las campañas sanitarias impulsadas por las autoridades municipales en un periodo marcado por la escasez, las dificultades económicas y la necesidad de prevenir la propagación de enfermedades infecciosas entre la población.

A diferencia de otros bandos sanitarios de la época, centrados en vacunaciones, campañas de desinfección o normas alimentarias, este aviso apelaba directamente a la higiene personal y al comportamiento cívico de los ciudadanos, vinculando ambos conceptos con el acceso a los espacios públicos de la ciudad.

El texto comenzaba estableciendo una norma de obligado cumplimiento para todos aquellos que acudieran a lugares públicos, citando expresamente teatros, cines, tranvías, autobuses, comedores y establecimientos benéficos, aunque dejaba claro que la disposición era extensible a cualquier espacio de concurrencia pública.

La Jefatura Municipal de Sanidad recordaba que en dichos lugares «se exigirá una presencia decorosa, que es compatible con la más extrema modestia», una frase que refleja perfectamente la mentalidad de la época. No se hacía referencia al lujo ni a la posición social de las personas, sino a la obligación de presentarse con unas mínimas condiciones de limpieza, aseo y compostura personal, entendidas como requisitos indispensables para convivir en sociedad.

El aviso endurecía posteriormente su contenido al advertir que las personas sucias o aquellas que ofrecieran un aspecto considerado repugnante no serían admitidas en ninguno de esos establecimientos. No se trataba únicamente de una recomendación moral, sino de una auténtica medida de carácter sanitario que facultaba a las autoridades para impedir el acceso a quienes no reunieran las condiciones higiénicas consideradas aceptables.

La disposición iba incluso más allá. Informaba de que los agentes de la autoridad serían los encargados de trasladar a dichas personas a los Centros de Desinfección, donde deberían someterse a las medidas higiénicas oportunas para alcanzar los requisitos mínimos exigidos por la administración sanitaria.

La existencia de estos Centros de Desinfección era habitual en numerosas ciudades españolas durante las décadas de 1940 y 1950. En ellos se realizaban tratamientos destinados a combatir problemas sanitarios muy frecuentes en aquellos años, como la pediculosis, la sarna, determinadas enfermedades cutáneas y otras afecciones derivadas de las difíciles condiciones de vida existentes tras la Guerra Civil. Las instalaciones disponían normalmente de baños, duchas, equipos de desinsectación y sistemas de desinfección de la ropa mediante vapor o productos químicos.

La publicación de este tipo de avisos debe entenderse dentro del complejo contexto social de la España de posguerra. Durante los años cuarenta, la escasez de agua corriente en numerosos hogares, el racionamiento, la pobreza y las dificultades para acceder a productos básicos de higiene favorecían la aparición de enfermedades transmisibles que preocupaban seriamente a las autoridades sanitarias.

En La Línea de la Concepción, estas circunstancias se veían agravadas por la complicada situación económica que atravesaba la ciudad. La elevada tasa de desempleo, las limitaciones derivadas de la posguerra y la estrecha dependencia económica de Gibraltar hacían que buena parte de la población viviera en condiciones muy precarias. En este contexto, la labor desarrollada por la Jefatura Municipal de Sanidad adquirió una especial importancia, impulsando campañas destinadas a mejorar las condiciones higiénicas de la población y reducir el riesgo de epidemias.

El lenguaje empleado en el cartel resulta igualmente representativo de la filosofía administrativa del momento. La higiene no era presentada únicamente como una cuestión de salud pública, sino también como una obligación moral y social del ciudadano. La expresión final del documento resulta especialmente significativa al afirmar que tales medidas pretendían garantizar «los requisitos mínimos que nuestra sociedad está dispuesta a exigir de todos los ciudadanos», identificando el aseo personal con el civismo, el orden y la convivencia.

Desde una perspectiva histórica, este aviso constituye un magnífico ejemplo de la política sanitaria desarrollada por los ayuntamientos españoles durante los primeros años del franquismo. Refleja la estrecha colaboración existente entre las autoridades municipales, los servicios sanitarios y las fuerzas del orden para hacer cumplir unas normas que hoy pueden parecer severas, pero que entonces respondían a una realidad marcada por la pobreza, la falta de recursos higiénicos y el temor constante a la propagación de enfermedades infecciosas.

Más allá de su finalidad administrativa, el documento permite conocer aspectos muy cotidianos de la vida en La Línea de la Concepción durante los años cuarenta. Nos habla de una ciudad donde acudir al cine, al teatro, viajar en autobús o acceder a un comedor público implicaba cumplir unas normas básicas de limpieza y presentación personal; de una administración preocupada por preservar la salud colectiva; y de una sociedad que, tras los duros años de la guerra y la inmediata posguerra, trataba de recuperar unas condiciones mínimas de higiene pública mediante campañas de concienciación y control sanitario.

Hoy, este cartel constituye un valioso testimonio documental de aquella época y una fuente de extraordinario interés para comprender cómo las autoridades locales afrontaban los problemas sanitarios cotidianos, mostrando una faceta poco conocida de la historia de La Línea de la Concepción, donde la salud pública, la higiene y el orden ciudadano formaban parte esencial de las políticas municipales desarrolladas durante la década de 1940.



Leyendo el Bando en la calle Méndez Núñez (IA)




jueves, 18 de junio de 2026

¿Sabías que...? Tal día como hoy, 20 de junio, en 1940, La Oficina de Colocación Obrera obligaba a empresarios y trabajadores a gestionar el empleo a través de ella

 









La Oficina de Colocación Obrera de La Línea y el control del empleo en la posguerra (20 de junio de 1940)

El 20 de junio de 1940, apenas un año después del final de la Guerra Civil española, la Oficina de Colocación Obrera de La Línea de la Concepción hizo público un anuncio dirigido tanto a empresarios como a trabajadores de la ciudad. El documento, impreso en los talleres de La Valenciana, reflejaba la nueva organización laboral implantada por el régimen franquista y constituye un valioso testimonio de la forma en que el Estado comenzó a controlar y regular el acceso al trabajo durante los primeros años de la posguerra.

El bando tenía por finalidad dar a conocer, por última vez según indicaba expresamente el texto, diversas disposiciones emanadas del Ministerio de Trabajo, recordando las obligaciones que debían cumplir tanto quienes ofrecían empleo como quienes buscaban un puesto de trabajo.

La Oficina de Colocación estaba situada en el número 12 de la calle Doctor Villar y se convertía, desde ese momento, en el organismo obligatorio de intermediación laboral dentro del municipio. Ningún empresario podía contratar libremente a un trabajador sin comunicar previamente sus necesidades a dicha dependencia.

El anuncio comenzaba dirigiéndose a los empresarios. Se les recordaba que estaban obligados de manera inexcusable a solicitar en la Oficina de Colocación todo el personal que necesitaran para sus industrias, comercios o actividades laborales. Además, debían informar de las vacantes existentes y devolver inmediatamente las tarjetas de presentación que les entregaban los solicitantes de empleo. En dichas tarjetas debían hacer constar si el trabajador había sido admitido o rechazado, indicando en el primer caso las condiciones de contratación y, en el segundo, las razones concretas de la negativa.

Esta obligación permitía a las autoridades mantener un control exhaustivo sobre los movimientos de mano de obra, conocer qué trabajadores encontraban empleo y cuáles permanecían desempleados, así como supervisar las contrataciones realizadas en el municipio.

El anuncio se dirigía igualmente a los trabajadores. Todos aquellos que buscasen empleo debían solicitar previamente el correspondiente carnet de trabajo, cumplimentando los formularios facilitados por la Oficina. Una vez obtenían colocación, estaban obligados a presentarse nuevamente en la dependencia municipal para comunicar su contratación y entregar dicho carnet.

El documento explicaba que el carnet quedaría archivado en la Oficina y que, a cambio, el trabajador recibiría una ficha acreditativa de su colocación, la cual debía entregar al empresario que lo contrataba. De esta forma, tanto la contratación como la situación laboral de cada obrero quedaban registradas oficialmente.

La última parte del anuncio advertía de las consecuencias derivadas del incumplimiento de estas normas. Las sanciones afectaban tanto a empresarios como a trabajadores.

Los empresarios que contratasen obreros sin haber seguido el procedimiento establecido podían ser sancionados con multas comprendidas entre 50 y 500 pesetas por cada trabajador contratado irregularmente, cantidades que en la España de 1940 suponían importes muy elevados.

Por su parte, los trabajadores que ignorasen la normativa se exponían a importantes perjuicios administrativos. Sus expedientes y carnets pasarían a ocupar los últimos lugares en las listas de colocación, reduciendo considerablemente sus posibilidades de obtener nuevos empleos. Además, podían imponérseles sanciones económicas complementarias si las autoridades lo consideraban oportuno.

Este documento pone de manifiesto el profundo control ejercido por el Estado franquista sobre el mercado laboral durante los primeros años de la posguerra. Las Oficinas de Colocación Obrera no eran simples bolsas de trabajo, sino instrumentos administrativos destinados a centralizar la contratación, supervisar los movimientos de trabajadores y garantizar que toda relación laboral quedara sometida a la vigilancia de las autoridades.

En una ciudad como La Línea de la Concepción, donde las consecuencias económicas de la guerra se sumaban a los problemas estructurales de desempleo y dependencia económica del entorno gibraltareño, la existencia de estos mecanismos de control tuvo una especial relevancia. Para muchos vecinos, encontrar trabajo pasaba obligatoriamente por inscribirse en estas oficinas y cumplir estrictamente los procedimientos establecidos por la administración.

Tal día como hoy en La Línea

En junio de 1940, La Línea comenzaba a adaptarse a la nueva realidad política y social de la posguerra. La implantación de la Oficina de Colocación Obrera formaba parte de un amplio proceso de reorganización administrativa impulsado por el régimen franquista, que afectó a todos los ámbitos de la vida cotidiana. El acceso al empleo quedó sometido a una estricta regulación burocrática, convirtiendo a estas oficinas en una pieza esencial del sistema laboral de la época y en uno de los principales puntos de contacto entre la población trabajadora y la administración estatal.

Colocando el Bando en los Jardines Saccone (IA)



Transcripción del anuncio

OFICINA DE COLOCACIÓN OBRERA

DE

LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN

ANUNCIO

Para conocimiento de empresarios y trabajadores de esta Ciudad, se hacen públicas por última vez las siguientes disposiciones del Ministerio de Trabajo.

A LOS EMPRESARIOS

Están inexcusablemente obligados a solicitar de esta Oficina (Dr. Villar núm. 12) todo el personal que necesiten para sus industrias o trabajos, dando cuenta de los puestos vacantes que tengan, así como a devolver inmediatamente la tarjeta que, al hacer la petición de obreros, le presentan estos, haciendo constar en ella si han sido o no admitidos, expresando en caso afirmativo en qué condiciones, y en caso negativo las causas o motivos de la no admisión.

A LOS TRABAJADORES

Están obligados igualmente a solicitar de esta oficina el carnet de trabajo, rellenando al efecto el impreso que en la misma se le facilita, y una vez que han sido colocados tienen la obligación de personarse inmediatamente en esta dependencia para dar cuenta y entregar el carnet, el cual quedará archivado, recibiendo en su lugar la ficha de colocado, que entregará al empresario.

A EMPRESARIOS Y TRABAJADORES

La falta de cumplimiento de estas obligaciones por ambas partes dará lugar a la imposición de sanciones por la Autoridad competente de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, pudiendo incurrir los primeros en multas de 50 a 500 pesetas por cada obrero que tengan colocados sin haber pasado por dicha Oficina; y los trabajadores sufrirán el perjuicio consiguiente al quedar su ficha y carnet en último lugar para obtener nueva colocación, sin perjuicio de la sanción pecuniaria que se estime pertinente imponerles.

La Línea de la Concepción, a 20 de junio de 1940.

El Jefe de la Oficina de Colocación

Imp. «La Valenciana» – La Línea.




miércoles, 10 de junio de 2026

¿Sabías que…? Tal día como hoy 12 de junio, en 1940, el azúcar, el café y los garbanzos seguían distribuyéndose mediante cartillas de racionamiento en La Línea

 









Racionamiento de azúcar, café y garbanzos en La Línea de la Concepción (12 de junio de 1940)

El día 12 de junio de 1940, apenas concluida la Guerra Civil española y en un contexto marcado por las dificultades económicas, la escasez de productos básicos y el estricto sistema de intervención estatal sobre el abastecimiento, la Delegación Local de Abastecimientos y Transportes de La Línea de la Concepción hizo público un aviso dirigido a toda la población mediante el cual se regulaba la distribución de diversos artículos de primera necesidad a través del sistema de cartillas de racionamiento.

El documento, emitido por el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción y firmado por el alcalde Luis Aguiló Piña, constituye un valioso testimonio de las condiciones de vida existentes en la ciudad durante los primeros años de la posguerra, cuando el acceso a numerosos productos alimenticios dependía de los cupos fijados por las autoridades y de la utilización obligatoria de las cartillas de abastecimiento.

El aviso informaba a los vecinos de que, desde la fecha de su publicación y hasta el día 22 de junio de 1940, podrían retirar en todos los establecimientos de comestibles determinados productos que habían sido asignados para su distribución entre la población. La entrega debía realizarse necesariamente mediante la correspondiente cartilla de racionamiento, documento indispensable para adquirir los artículos sujetos al control estatal.

Los productos distribuidos en aquella ocasión eran tres de los alimentos más demandados por las familias españolas de la época: azúcar, café y garbanzos. Cada uno de ellos aparecía sometido a una cantidad máxima por persona, establecida por las autoridades de abastecimiento con el propósito de repartir de forma equitativa las existencias disponibles.

En el caso del azúcar, se autorizaba la entrega de 150 gramos por persona. Aunque esta cantidad podía parecer reducida, representaba una de las pocas formas legales de acceso a un producto que se había convertido en escaso y cuya distribución se encontraba cuidadosamente controlada por la administración.

Para el café, artículo especialmente apreciado y de difícil obtención debido a las limitaciones comerciales y a las dificultades de importación, se fijaba una asignación de tan solo 10 gramos por persona. Esta cifra evidencia la extraordinaria escasez existente en aquellos años y explica la proliferación de sucedáneos elaborados a partir de cebada, achicoria u otros productos que intentaban sustituir al café auténtico en muchos hogares españoles.

Por su parte, los garbanzos, base fundamental de la alimentación popular y componente esencial de numerosos guisos tradicionales, podían adquirirse en una cantidad de 200 gramos por persona. Su importancia en la dieta cotidiana era considerable, especialmente en un periodo en el que la carne, el pescado y otros alimentos resultaban inaccesibles para una gran parte de la población debido a los elevados precios o a la falta de disponibilidad.

La retirada de estos productos debía efectuarse utilizando el cupón número 10 de Ultramarinos, sistema que permitía controlar el consumo y evitar que una misma persona obtuviera más cantidad de la autorizada. Cada cupón era cuidadosamente revisado y anulado una vez utilizada la asignación correspondiente, garantizando así el cumplimiento de las normas establecidas por la Delegación de Abastecimientos.

El aviso no solo regulaba las cantidades disponibles, sino también los precios oficiales a los que debían venderse los productos. De esta manera se pretendía impedir la especulación y asegurar que los artículos llegaran a la población a los precios fijados por las autoridades.

Según el documento, el azúcar se vendería a 2,60 pesetas el kilogramo, los garbanzos a 2,30 pesetas el kilogramo y el café a 20 pesetas el kilogramo, una cifra notablemente superior a la de los otros productos debido a su escasez y a las dificultades para su importación.

La publicación de estos precios oficiales formaba parte de la política de control económico implantada por el Estado durante aquellos años. Las autoridades trataban de evitar que comerciantes o intermediarios aprovecharan la escasez para elevar artificialmente los precios, aunque en la práctica la existencia del mercado negro o estraperlo terminaría convirtiéndose en una realidad habitual en muchas localidades españolas.

La situación de La Línea de la Concepción en aquellos momentos presentaba además características particulares. La ciudad se encontraba en una zona fronteriza con Gibraltar, territorio británico que mantenía un sistema económico diferente y donde podían encontrarse productos difíciles de obtener en el resto de España. Esta circunstancia favoreció el desarrollo de actividades de contrabando y pequeños intercambios fronterizos que complementaban, en ocasiones, las limitadas posibilidades de abastecimiento legal de la población.

Sin embargo, para la inmensa mayoría de los vecinos, la cartilla de racionamiento seguía siendo el principal instrumento para acceder a los alimentos básicos. Cada familia dependía de las cantidades asignadas periódicamente por las autoridades y debía organizar su economía doméstica en función de los productos que llegaban a los comercios autorizados.

La emisión de avisos como el publicado el 12 de junio de 1940 era una práctica habitual en todas las localidades españolas. Estos anuncios permitían informar a la población sobre las nuevas distribuciones, las fechas de retirada, los cupones que debían utilizarse y los precios oficiales establecidos para cada artículo.

Desde una perspectiva histórica, el documento refleja con claridad las dificultades económicas de la inmediata posguerra y la profunda intervención estatal en la vida cotidiana de los ciudadanos. La necesidad de regular incluso pequeñas cantidades de azúcar, café o garbanzos pone de manifiesto el nivel de escasez existente y las limitaciones que afectaban al consumo de productos básicos.

Al mismo tiempo, el aviso constituye un testimonio de la realidad diaria de miles de familias linenses que, en los años posteriores al conflicto civil, debieron adaptarse a un sistema de racionamiento prolongado y a unas condiciones económicas marcadas por la falta de recursos, la incertidumbre y la constante preocupación por el abastecimiento alimentario.

La disposición firmada por Luis Aguiló Piña el 12 de junio de 1940 representa, por tanto, una pequeña pero significativa muestra de cómo las autoridades locales gestionaban la distribución de alimentos en una época en la que la supervivencia cotidiana dependía en gran medida de las decisiones adoptadas por los organismos de Abastecimientos y Transportes. A través de este sencillo aviso administrativo puede apreciarse la compleja realidad social y económica que vivía La Línea de la Concepción en los primeros compases de la década de 1940, cuando el racionamiento formaba parte inseparable de la vida diaria de sus habitantes.

¿Sabías que...?

En 1940 España se encontraba todavía en los difíciles años de la posguerra, caracterizados por la escasez de productos básicos. Las cartillas de racionamiento, implantadas en 1939, regulaban la compra de alimentos esenciales y permanecerían en vigor durante más de una década, convirtiéndose en una de las imágenes más representativas de la vida cotidiana de aquellos años.


Leyendo el Bando en el Mercado de la Concepción (IA)




Transcripción del Documento:

AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION

Delegación Local de Abastecimientos y Transportes

AVISO

Desde la publicación del presente aviso y hasta el día 22 de los corrientes, se podrá retirar en todos los establecimientos de comestibles y mediante la cartilla de racionamiento los artículos siguientes:

  • AZÚCAR a razón de 150 gramos por persona.
  • CAFÉ a razón de 10 gramos por persona.
  • GARBANZOS a razón de 200 gramos por persona.

Para retirar dichos artículos se utilizará el cupón núm. 10 de Ultramarinos.

Los precios serán los siguientes:

  • Azúcar: 2,60 pesetas Kg.
  • Café: 20 pesetas Kg.
  • Garbanzos: 2,30 pesetas Kg.

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Línea de la Concepción, a 12 de junio de 1940.

El Alcalde

Luis Aguiló Piña

Imp. Cañamero, hijo – La Línea





martes, 2 de junio de 2026

¿Sabías que...? Tal día como hoy, 5 de junio, en 1940, el Ayuntamiento de La Línea anunciaba el reparto racionado de aceite y arroz mediante cartillas de abastecimiento
















 

El 5 de junio de 1940, cuando España apenas comenzaba a recuperarse de las devastadoras consecuencias de la Guerra Civil, el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, a través de su Delegación Local de Abastecimientos y Transportes, hacía público un aviso dirigido a toda la población sobre la distribución de productos básicos de alimentación mediante el sistema de racionamiento.

El documento, firmado por el alcalde accidental Luis Aguiló Piña, constituye un valioso testimonio de las dificultades económicas y de abastecimiento que caracterizaron los primeros años de la posguerra española.

El sistema de cartillas de racionamiento

Tras el final de la Guerra Civil en abril de 1939, el nuevo régimen implantó un sistema nacional de control de alimentos destinado a gestionar la escasez de productos básicos.

Cada familia disponía de una cartilla de racionamiento, documento imprescindible para poder adquirir determinados artículos de primera necesidad. Los productos no podían comprarse libremente, sino que se distribuían en cantidades limitadas fijadas por las autoridades.

En La Línea, como en el resto del país, los vecinos debían acudir a los establecimientos autorizados presentando los cupones correspondientes para retirar las cantidades asignadas.

Las cantidades autorizadas

Según el aviso municipal, desde la fecha de publicación hasta el día 17 de junio, los ciudadanos podían retirar:

  • Aceite: un cuarto de litro por persona.
  • Arroz: 250 gramos por persona.

Para obtener dichos productos era obligatorio presentar el cupón número 9 de la cartilla de racionamiento.

Estas cantidades reflejan la escasez existente en aquellos momentos. El aceite y el arroz eran considerados productos esenciales y su distribución estaba estrictamente regulada para garantizar un reparto equitativo entre la población.

Los precios oficiales

El aviso también fijaba los precios autorizados:

  • Aceite: 3,35 pesetas por litro.
  • Arroz: 1,70 pesetas por kilogramo.

Las autoridades controlaban no solo las cantidades distribuidas, sino también los precios de venta para evitar la especulación y el encarecimiento de los alimentos.

La difícil vida cotidiana en la posguerra

En junio de 1940 España atravesaba uno de los momentos más complicados de su historia reciente.

La destrucción provocada por la guerra, la escasez de materias primas, la reducción de la producción agrícola y las dificultades de transporte generaban continuos problemas de abastecimiento.

Las colas ante las tiendas de comestibles formaban parte de la vida diaria. Las familias dependían de las cartillas para obtener alimentos básicos como pan, aceite, arroz, azúcar, legumbres o jabón.

En una ciudad fronteriza como La Línea de la Concepción, cuya economía había sufrido además las consecuencias derivadas de la situación de Gibraltar y de las alteraciones del comercio tradicional de la zona, estas dificultades se percibían con especial intensidad.

Un documento de la historia cotidiana

A diferencia de los grandes acontecimientos políticos o militares, este sencillo aviso municipal permite conocer cómo era realmente la vida de los vecinos de La Línea durante aquellos años.

Detrás de las cifras y de los cupones se encontraba la realidad de miles de familias que debían administrar cuidadosamente los alimentos disponibles para afrontar las dificultades de la posguerra.

Tal día como hoy...

Tal día como hoy, 5 de junio de 1940, el Ayuntamiento de La Línea informaba a la población de la distribución racionada de aceite y arroz mediante las cartillas de abastecimiento, un sistema que marcaría la vida cotidiana de los linenses durante buena parte de la década de 1940 y que hoy constituye uno de los testimonios más representativos de la historia social de la posguerra.


Leyendo el Bando en la calle Aurora (IA)



Transcripción literal

AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN

Delegación Local de Abastecimientos y Transportes

AVISO

Desde la publicación del presente aviso y hasta el día 17 de los corrientes, se podrá retirar en todos los establecimientos de comestibles y mediante la cartilla de racionamiento los artículos siguientes:

Aceite a razón de un cuarto de litro por persona.

ARROZ a razón de 250 gramos por persona.

Para retirar dichos artículos se utilizará el cupón núm. 9.

Los precios serán los siguientes:

Aceite 3'35 litro.
Arroz 1'70 kilo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Línea de la Concepción a 5 de Junio de 1940.

El Alcalde Accidental,

Luis Aguiló Piña

Imprenta Cañamero, hijo.- La Línea





viernes, 5 de julio de 2019

Sabías Que ... el 5 de julio de 1940 se comunicó el incendio producido en el Mercado de Abastos













El Jefe de la Guardia Municipal, comunicó a la Comisión Municipal el incendio ocurrido en el Mercado de Abastos, haciéndose presente, por el Sr. Presidente de la Comisión, a los reunidos que el edificio se encontraba asegurado, y  habiéndose tasado los daños en 9.000,00 pesetas ya se habían hecho las debidas gestiones para percibir la indemnización.

Por los reunidos se hizo igualmente presente la gratitud de la Corporación a las Autoridades y personas que en sus acertadas intervenciones, evitaron que el siniestro alcanzara mayores proporciones, aprobando la actuación del Presidente en el asunto.

Sabías Que ... el 5 de julio de 1940 Ayuntamiento de La Linea se unió al del Puerto de Santa María solicitando la condonación de la deuda.













En la sesión de la Comisión Municipal Permanente de la Gestora del 5 de julio de 1940, bajo la presidencia accidental del Primer Teniente de Alcalde don Luis Aguiló Piña, con la asistencia de:

Teniente de Alcalde don Ángel Iglesias Vicente
Teniente de Alcalde don Manuel García Gutiérrez
Teniente de Alcalde don Antonio Seliva Soriano
Interventor Accidental don Damián Luque García
Secretario don Eladio Pérez Báez

Se dio lectura al acuerdo del Ayuntamiento del Puerto de Santa María, referente a la súplica elevada al Ministerio, a fin de condonar las deudas contraídas por los Ayuntamientos al que se habían adherido La Linea. Los reunidos por unanimidad acordaron adherirse al acuerdo y elevar la solicitud al Ministerio de Hacienda de la misma forma que lo hizo el Ayuntamiento de Santa María.



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