sábado, 13 de junio de 2026

¿Sabías que...? Tal día como hoy, 15 de junio, en 1925: Los propietarios de ganado estaban obligados a registrar nuevamente sus reses en La Línea

 









Edicto sobre el Registro Obligatorio del Ganado en La Línea de la Concepción (15 de junio de 1925)

El 15 de junio de 1925, la Administración del Impuesto de Consumos de La Línea de la Concepción hizo público un edicto destinado a informar a los propietarios y poseedores de ganado sobre la obligación de proceder a una nueva inscripción de sus reses con motivo del inicio del siguiente ejercicio económico municipal.

El documento fue suscrito por don José Escribano Román, quien desempeñaba el cargo de Administrador Accidental del Impuesto de Consumos en la ciudad. Su publicación respondía a las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento de Consumos, normativa que regulaba diversos aspectos relacionados con el control fiscal y administrativo de productos y actividades sujetas a tributación municipal.

En el texto del edicto se comunicaba que, con el comienzo del nuevo ejercicio económico previsto para el día 1 de julio de 1925, todos los propietarios y poseedores de ganado existentes dentro del término municipal estaban obligados a efectuar nuevamente el registro de sus animales. La medida se adoptaba en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 29 del Reglamento de Consumos, que exigía la actualización periódica de estos censos ganaderos.

La obligación afectaba a los titulares de diferentes clases de ganado, comprendiendo expresamente las especies vacuna, cabría, lanar y porcina. De esta forma, quedaban incluidos tanto los propietarios dedicados profesionalmente a la actividad ganadera como aquellos vecinos que poseían animales para labores agrícolas, abastecimiento familiar o pequeñas explotaciones particulares.

Para facilitar el cumplimiento de esta disposición, la Administración de Consumos concedía un plazo de treinta días, contados desde la fecha de publicación del edicto, durante el cual los interesados debían comparecer ante las oficinas correspondientes para formalizar la inscripción de sus animales.

El documento advertía igualmente de las consecuencias derivadas del incumplimiento de esta obligación. En concreto, se recordaba que quienes no procedieran al registro dentro del plazo señalado quedarían sujetos a las responsabilidades y sanciones previstas en el artículo 170 del Reglamento de Consumos, precepto que regulaba las infracciones relacionadas con la ocultación o falta de declaración de bienes sujetos a control administrativo.

La publicación concluía indicando que el anuncio se hacía público para general conocimiento, conforme a la práctica habitual de la administración municipal de la época. El edicto fue fechado en La Línea de la Concepción el 15 de junio de 1925 y aparecía firmado por José Escribano, figurando además la fórmula administrativa habitual de “Fíjese”, destinada a ordenar su exposición pública para conocimiento de los vecinos.

Este documento constituye un interesante testimonio de los mecanismos de control fiscal y administrativo existentes en la España de comienzos del siglo XX. A través de él puede apreciarse la importancia que las autoridades concedían al conocimiento preciso de la cabaña ganadera existente en cada municipio, tanto por razones tributarias como por motivos estadísticos y de control económico. Asimismo, refleja la relevancia que todavía conservaban las actividades agropecuarias dentro de la economía local de La Línea de la Concepción durante la década de 1920, cuando una parte significativa de la población mantenía vínculos directos con la agricultura y la ganadería de la comarca.

Tal día como hoy en La Línea

Aquel 15 de junio de 1925, La Línea presentaba todavía una realidad muy diferente a la que alcanzaría décadas después. Aunque la ciudad había experimentado un importante crecimiento urbano desde finales del siglo XIX, gran parte de su entorno conservaba una marcada vinculación con las actividades agropecuarias desarrolladas en los terrenos próximos al municipio.

Las explotaciones de ganado vacuno, cabrío, lanar y porcino formaban parte del paisaje habitual de numerosas zonas periféricas y contribuían al abastecimiento de carne, leche y otros productos básicos destinados tanto al consumo local como al comercio comarcal. Muchos vecinos complementaban sus ingresos mediante pequeñas explotaciones ganaderas, mientras que otros desarrollaban una actividad profesional ligada directamente al sector.

El sistema de Impuestos de Consumos, vigente en aquellos años, constituía una de las principales fuentes de ingresos de los ayuntamientos españoles. A través de él se gravaban diversos productos destinados al abastecimiento de la población, así como determinadas actividades económicas. Por ello, mantener actualizado el censo ganadero resultaba fundamental para la administración municipal.

La publicación de este edicto permite conocer también el grado de organización administrativa alcanzado por La Línea durante la década de 1920. La existencia de registros periódicos, censos actualizados y procedimientos reglamentarios evidencia el esfuerzo de las autoridades locales por controlar y ordenar las actividades económicas que se desarrollaban dentro del término municipal.

Además, documentos como éste ofrecen una valiosa fotografía de la vida cotidiana de la ciudad. Detrás de cada inscripción figuraban pequeños propietarios, ganaderos, agricultores y familias que dependían directa o indirectamente de la actividad pecuaria para su sustento. El registro anual no era únicamente un trámite burocrático, sino también un reflejo de la importancia que la ganadería tenía en la economía local.

Así, aquel 15 de junio de 1925, mientras los propietarios de reses eran llamados a declarar nuevamente sus animales ante la Administración de Consumos, La Línea mantenía una estrecha relación con un mundo rural y ganadero que formaba parte esencial de su estructura económica y social, dejando constancia documental de una actividad que contribuyó al desarrollo de la ciudad durante las primeras décadas del siglo XX.

Leyendo el Bando en el Zabal (IA)



Transcripción del documento:

Edicto

Don. José Escribano Roman.
Administrador Accidental del Impuesto de Consumos en esta Ciudad.

HAGO SABER: Que comenzando el día primero de Julio venidero el nuevo ejercicio económico y con él la obligación de registrar de nuevo todo el ganado existente en este término municipal, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29 del vigente Reglamento de Consumos, se pone en conocimiento del público en general, a fin de que todos los dueños o poseedores de cabezas de ganado, Vacuno, Cabrío, Lanar y de Cerda, acudan a esta administración de Consumos, a registrarlo, en el plazo de 30 días, a contar de la fecha de la publicación de este edicto, apercibiéndoles de que si no lo verifican se les exigirán las responsabilidades a que se refiere el artículo 170 de dicho Reglamento.

Lo que se hace público para conocimiento general.

La Línea 15 de Junio de 1925

El Administrador,

José Escribano.

Fíjese
El Alcalde,

Imp. La Valenciana.- La Línea



Páginas